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Contratación social directa con organizaciones voluntarias

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) saluda que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea haya declarado como ajustado a Derecho y compatible con la normativa europea el que los Estados miembros puedan prever en

Símbolo de la Justicia

02/02/2016 | EAPN - Actualidad

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) saluda que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea haya declarado como ajustado a Derecho y compatible con la normativa europea el que los Estados miembros puedan prever en su marco legal nacional fórmulas de contratación social de adjudicación directa a organizaciones de voluntariado.

En una sentencia del pasado 28 de enero, la sala quita del Tribunal de Justicia deja sentado que el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional que permite a las autoridades locales atribuir la prestación de servicios de transporte sanitario mediante adjudicación directa, sin forma alguna de publicidad, a asociaciones de voluntariado, siempre que el marco legal y convencional en el que se desarrolla la actividad de esos organismos contribuya realmente a una finalidad social y a la prosecución de objetivos de solidaridad y de eficiencia presupuestaria.

Y añade el pronunciamiento judicial que cuando un Estado miembro permite a las autoridades públicas recurrir directamente a asociaciones de voluntariado para el cumplimiento de ciertas funciones, una autoridad pública que se propone concluir conciertos con esas asociaciones no está obligada en virtud del Derecho de la Unión a comparar previamente las propuestas de diversas asociaciones.

Además, según la sentencia, cuando un Estado miembro,replicas relojes que permite a las autoridades públicas recurrir directamente a asociaciones de voluntariado para el cumplimiento de ciertas funciones, autoriza a esas asociaciones a ejercer ciertas actividades comerciales, corresponde a ese Estado miembro establecer los límites dentro de los que pueden desarrollarse esas actividades. Estos límites, precisa el tribunal, deben asegurar no obstante que esas actividades comerciales sean marginales en relación con el conjunto de las actividades de dichas asociaciones y que apoyen la prosecución de la actividad de voluntariado de estas.

Esta sentencia de la Justicia europea supone un espaldarazo a la contratación social y tiene especial significación en países como España, que tiene pendiente trasponer al Derecho nacional las nuevas directivas sobre contratación pública adoptadas por la Unión Europea en 2014.
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